viernes, 4 de abril de 2008

LA OLVIDADA ÉTICA PRÁCTICA EN BENEFICIO DE SOLUCIONES RÁPIDAS DE CONTROVERSIAS

INGENIERIA LEGAL SAN CARLOS SOCIEDAD CIVIL & PROYECTISTAS LEGALES NACIONALES
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Criterio general.

1. Responsabilidad del abogado de laborar por que toda persona tenga representación legal adecuada - Servicios legales a personas indigentes.
2. --Calidad de los servicios legales.
3. --Educación al público sobre sus derechos.
4. Responsabilidad del abogado de laborar por el mejoramiento del sistema legal.
5. Conducta como defensor o fiscal.
6. Conducta ante agencias gubernamentales.
7. Consejos en relación con la comisión de delitos.
8. Actos impropios de los clientes.
§ 1. Criterio general.

Los miembros de la profesión legal, individual y colectivamente, tienen la responsabilidad de velar por que los distintos procesos legales de la sociedad incorporen y consagren de manera efectiva y adecuada los principios de vida democrática y de respeto a la inviolable dignidad del ser humano. Para desempeñar esta responsabilidad la sociedad debe tener a su alcance todos aquellos servicios profesionales adecuados, de naturaleza legal, que sean necesarios. También es menester que todo abogado, como ciudadano y en su capacidad profesional, ya sea como juez, fiscal, abogado postulante, asesor o en cualquier otro carácter, actúe siempre de acuerdo al ideal expresado en el preámbulo de estos cánones.

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